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miércoles, 13 de junio de 2018

Importancia de la parcipación de madres y padres de alumnos en los centros escolares.

Importancia de la parcipación de madres y padres de alumnos en los centros escolares.

Con un grupo de madres y padres iniciamos la puesta en marcha de la AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) del IES "LA ARBOLEDA" de Lepe.
Esta AMPA se llamará "LAEPA", antigua designación de lo que hoy conocemos como Lepe según los historiadores.
Estaremos intentando aportar nuestro granito de arena para que todo funcione bien y solucionar en la medida de lo posible los problemas que se nos presenten en el Centro Educativo. Estamos abierto a la participación de todos y para hacer más fácil esta etapa a todos los estudiantes.

viernes, 31 de mayo de 2013

INFORMACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 235/2013

El día 1 de junio de 2013 entra en vigor el Real Decreto 235/2013 que obliga a la Certificación Energética de los Edificios (Nuevos y Existentes) ya sean viviendas, oficinas o locales comerciales (quedan excluidos los usos industriales principalmente, ver ámbito aplicación para más detalle.

El propietario del inmueble que se VENDE o ALQUILA (por más de 4 meses) tiene la obligación de cumplir con la exigencia de la calificación energética de la vivienda y dar información a los usuarios como otra característica más del mismo.

Es un derecho del usuario que alquila o compra el inmueble para poder elegir con conocimiento de las características energéticas y los posibles costes de consumos que se esperan según la letra de la calificación.

El certificado debe registrarse por el promotor en el organismo competente de la comunidad autónoma correspondiente. (Actualmente no está operativo el procedimiento para el registro en Andalucía en las delegaciones de Innovación y se espera que sea mediante una aplicación para su presentación telemática)

En la publicidad de un inmueble se debe incluir la Calificación Energética Global, esto se refleja en la letra de la A (mejor) a G (peor), obtenida en el certificado energético y tener copia íntegra del mismo para informar a los usuarios interesados en el inmueble.

Si es propietario de una vivienda infórmese de cómo obtener el certificado de eficiencia energética de edificios existentes.
Si es un posible usuario conozca sus derechos y exija que se publicite con esta información igual que cualquier otra como la superficie o calidades.
El certificado debe firmarlo un técnico competente (arquitecto, aparejador e ingeniero industrial) según la ley de 38/1999 de Ordenación de la Edificación.

El certificado no necesita el visado del colegio profesional según la Ley 25/2009 sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y R. D. 1000/2010 sobre visado colegial obligatorio. Solo es obligatorio el visado de proyectos de ejecución y sus certificados finales de obra no así el resto de documentos técnicos que se realizan. El control del cumplimiento de este real decreto será por la delegación de Innovación con el registro una vez se describa el procedimiento a realizar.

Con las aclaraciones anteriores les informo de la entrada en vigor de esta nueva normativa y me pongo a su disposición como técnico competente y profesional libre que trabaja en la zona de la costa de Huelva para ofrecerles mis servicios profesionales.


José Manuel Landero Cruz.
C/ De Las Moreras nº 14 de Lepe (Huelva)
606095509 - fax 959381125

martes, 23 de abril de 2013

CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES

El pasado sábado 13 de abril se aprobó el R. D. 235/2013 sobre CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES. Hasta ahora se aplicaba a edificios de nueva construcción R. D. 47/2007.
 
El Certificado Energético es un documento que da información de la eficiencia de una vivienda, local o edificio en cuanto al consumo energético. El resultado del informe técnico es una "Etiqueta" que da una referencia en una escala de valores desde la "A" (mejor) a la "G" (peor).
A partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio para la venta y alquiler, el obligado a encargarlo es el dueño del inmueble sea particular o profesional del sector. Debe acompañarse en cualquier publicidad u oferta que se haga de la venta o alquiler.
 
Este nuevo requisito de la Certificación Energética no debe ser un gasto añadido de documentos sino una motivación para construir (y reformar) mejor y tener menores facturas de consumos energéticos cada vez más caros (electricidad, gasoil, gas ...)

El fomento del Autoconsumo eléctrico sería muy adecuado regularlo en este momento como complemento ideal, ya que el certificado debe recomendar mejoras para el inmueble que pueden ser la inclusión de energías renovables.
 
 

martes, 11 de diciembre de 2012

El Autoconsumo y Los edificios de consumo casi nulo como solución al problema energético.

En España no se ha desarrollado la normativa que facilite su utilización de forma generalizada pero ya somos muchos los que creemos que es la solución al problema energético.

En breve profundizaré en el tema sobre edificaciones tipo de viviendas y comerciales-industriales por otro lado.

Con el aumento del precio de la electricidad la instalación de producción distribuida en el propio edificio o por sertores o polígonos puede abaratar la factura energética de la empresa o vivienda con unos tiempos de recuperación de la inversión relativamente cortos.

En breve también debe publicarse la regulación definitiva de la Certificación Energética de Edificios Existentes, con lo que los usuarios dispondrán de información del consumo de viviendas antes de su compra o alquiler de la misma (también afectará a los locales comerciales). Con las atribuciones que me da mi titulación de Arquitecto y la especialización del Master de Energías Renovables y Eficiencia Energética realizado estoy ya trabajando sobre los primeros encargos de Certificados Energéticos de Edificios. 

Un saludo.

viernes, 20 de mayo de 2011